jueves, 12 de julio de 2018

GUÍA DE SEÑALES DE TRANSITO Y SIGNIFICADO.

Por todas las calles, avenidas y carreteras vemos muchos señalamientos que nos indican ciertas acciones o avisos para tomar en cuenta mientras conducimos. Son tantas que a veces olvidamos qué significan o realmente no sabemos su significado y no hacemos caso a ellas, por ello aquí te dejamos el significado de las señalizaciones que puedes encontrar en México.


SEÑALES PREVENTIVAS.

Estas señales contienen símbolos o leyendas que tienen como objetivo prevenir a los conductores de vehículos sobre la existencia de algún peligro en el camino.


CURVA.
Se usa para indicar curvas a la derecha o a la izquierda, y cuando el grado de curvatura sea menos de 90 grados.



CODO.
Se usa para indicar curvas a la derecha o a la izquierda, y cuando el grado de curvatura sea igual o mayor de 90 grados.



CURVA INVERSA.
Se usa para indicar la presencia de dos curvas consecutivas de dirección contraria; indicará si es derecha-izquierda o izquierda-derecha.

CODO INVERSO.
Se usa para indicar la presencia de dos curvas consecutivas en dirección contraria, se indica si el codo es izquierdo-derecho o derecho-izquierdo.



CAMINO SINUOSO.
Indicará si existen tres o más curvas inversas consecutivamente.





ENTRONQUE LATERAL OBLICUO.
Se utilizará para indicar una intersección a nivel de tres ramas, cuando el ramal que entronca tenga un ángulo de esviaje mayor de 30°. El camino principal se indicará con línea ancha y el secundario en el que se tenga que hacer ALTO o CEDER EL PASO, con una línea 50% más angosta. El símbolo indicará si el entronque lateral es por la derecha o por la izquierda.

GLORIETA.
Se usará para indicar una intersección a nivel de dos o más caminos que tenga una isleta central de forma circular o semejante.

INCORPORACIÓN DEL TRÁNSITO.
Se usará para indicar la proximidad de una confluencia, derecha o izquierda, por donde se incorporará un volumen de tránsito en el mismo sentido. El símbolo mostrará si la confluencia es por el lado derecho o por el izquierdo.

DOBLE CIRCULACIÓN.
Se usará para indicar el cambio de un tramo con circulación en un solo sentido, a otro de dos carriles con circulación en ambos sentidos.

SALIDA.
Se usará para indicar la proximidad de una salida en los caminos de acceso controlado. El símbolo indicará si la salida es por la derecha o por la izquierda.

ESTRECHAMIENTO SIMÉTRICO.
Se usará para indicar una reducción simétrica en la anchura del camino, ya sea disminuyendo el número de carriles o simplemente las dimensiones de la sección transversal.

ESTRECHAMIENTO ASIMÉTRICO.
Se utilizará para indicar una reducción asimétrica de la anchura del camino, ya sea disminuyendo el número de carriles o simplemente las dimensiones de la sección transversal. El símbolo indicará si el estrechamiento es a la derecha o a la izquierda.

ANCHURA LIBRE.
Se utilizará para indicar la proximidad de pasos estrechos o estructuras angostas que no permitan la circulación simultánea de dos vehículos. La anchura libre aproximada al decímetro inferior se indicará en un tablero adicional.

ALTURA LIBRE.
Se utilizará para indicar la proximidad de un paso inferior o cualquier otra estructura cuyo espacio libre vertical sea menor de 4.30 metros. La altura libre, aproximada al decímetro inferior, se indicará en un tablero adicional.

SUPERFICIE DERRAPANTE.
Se utilizará para indicar la proximidad de un tramo con pavimento resbaloso. Esta señal será temporal y se retirará tan pronto como la condición que indica haya desaparecido.



PENDIENTE PELIGROSA.
Se utilizará para indicar la proximidad de una pendiente descendente en la cual se requiera frenar constantemente, de preferencia con motor.

ZONA DE DERRUMBES.
Se utilizará para indicar la presencia de un tramo de camino en el cual existen posibilidades de encontrar derrumbes. El símbolo indicará si el derrumbe es por la derecha o por la izquierda.

PEATONES.
Se utilizará para indicar la proximidad de lugares frecuentados por peatones, o bien de un cruce especialmente destinado a ellos.

ESCOLARES.
Se utilizará para indicar la proximidad de una zona frecuentada por escolares, o bien de un cruce especialmente destinado a ellos.

GANADO.
Se utilizará para indicar la proximidad de un tramo frecuentado por ganado, o bien la existencia de un cruce para el mismo.

CRUCE DE FERROCARRIL.
Se utilizará para indicar la proximidad de un paso de ferrocarril a nivel.
SEMÁFORO.


Se usará antes de las intersecciones aisladas que estén controladas por semáforos, o cuando se entra 
a una zona donde no se espera encontrarlos.



SEÑALES RESTRICTIVAS.

Estas señales están fijadas en postes, con símbolos o leyendas que tienen por objeto indicar al usuario, tanto en zona rural como urbana, la existencia de limitaciones físicas o prohibiciones reglamentarias que regulan el tránsito.

ALTO.

El uso de esta señal deberá determinarse siempre mediante un estudio de las condiciones locales del tránsito. En general, esta señal deberá colocarse en los siguientes casos de intersecciones a nivel:

1.- En el cruce de dos carreteras principales.
2.- En el entronque de un camino secundario con una carretera principal.
3.- En el cruce de una carretera con una vía férrea.
4.- En intersecciones urbanas en donde la posibilidad de accidentes haga necesario el uso de esta señal.

CEDA EL PASO.
El uso de esta señal deberá determinarse siempre mediante un estudio de las condiciones locales del tránsito. Esta señal indicará que el conductor debe detenerse o aminorar la velocidad de su vehículo, cuando sea necesario ceder el paso al tránsito al que se incorpora o cruza. La señal de Ceda el Paso no debe considerarse como un sustituto de la señal de alto, cuando ésta sea necesaria.

VELOCIDAD.
Se utilizará para indicar el límite máximo de la velocidad que se fije en el tramo de la carretera o vía urbana, el cual será expresado en múltiplos de 10 con la abreviatura Km./h, con excepción de la velocidad límite de 95 Km./h que únicamente se usará para regular la circulación de los autobuses.

VUELTA CONTINUA DERECHA.
Se utilizará en las intersecciones controladas por semáforos o por agentes, en las cuales está permitida la vuelta derecha en forma continua.



SÓLO VUELTA IZQUIERDA.
Se usará en ciertas intersecciones para indicar que uno o más carriles deberán usarse exclusivamente para vuelta izquierda y no deberán ser ocupados por vehículos que sigan de frente.



CONSERVE SU DERECHA.
Se empleará para indicar a los conductores de camiones que deben transitar por el carril de su derecha, con el fin de dejar libre el carril o carriles de la izquierda para el tránsito de vehículos ligeros.

DOBLE CIRCULACIÓN.
Se utilizará en aquellas vías de un sólo sentido, cuando cambien a un tramo de dos carriles en el que se permita la doble circulación. Deberá colocarse al inicio del tramo aludido. 


ALTURA LIBRE RESTRINGIDA.
Se utilizará para indicar que la altura libre de un paso inferior u otra estructura es menor de 4.30 m, y deberá ser colocada en la estructura. La dimensión se indicará en metros con aproximación al decímetro inferior.

PESO RESTRINGIDO.
Se utilizará en los puentes u otros lugares del camino donde sea necesario limitar el peso de los vehículos, ya sea por la capacidad de los puentes o por la de la superficie de rodamiento. La señal llevará un tablero adicional en la que se indicará si el peso permitido se refiere al peso máximo del vehículo o al peso máximo por eje. Se usará además una señal igual anticipada, indicando en el tablero adicional la distancia a la que se encuentra la restricción.

PROHIBIDO REBASAR.
Se empleará para indicar los tramos en los que no se permite rebasar a otro vehículo. Esta señal se complementará siempre con la raya continúa marcada en el pavimento y deberá usarse en los tramos de caminos de dos carriles, donde la distancia de visibilidad de rebase está restringida y en la cercanía a los entronques a nivel.

PROHIBIDO ESTACIONARSE.
Se utilizará en aquellos lugares donde esté prohibido el estacionamiento de vehículos. 




PROHIBIDA LA VUELTA A LA DERECHA.
Se utilizará en aquellos lugares donde no se permita la vuelta a la derecha, ya sea por tratarse de una circulación de sentido contrario o, en casos específicos, para no interferir con otros movimientos importantes.

PROHIBIDO EL RETORNO.
Se utilizará en aquellas arterias donde la vuelta en “U” pueda representar un riesgo mayor o causar inconvenientes al tránsito de vehículos.



PROHIBIDO SEGUIR DE FRENTE.
Se empleará al inicio de una calle o carretera en las que no se permita el tránsito de frente, principalmente por el cambio en el sentido de circulación.



PROHIBIDO EL PASO DE PEATONES.
Se usará en aquellos sitios en los que el tránsito de vehículos haga peligroso el paso o cruce de peatones y éstos tengan otro lugar por donde transitar o cruzar. Esta señal deberá ser colocada de manera que solo sea visible por los peatones.


PROHIBIDO EL PASO DE VEHÍCULOS PESADOS.
Se empleará al principio de rutas en las que no se permita el paso de vehículos pesados. A partir de este punto, dichos vehículos deberán disponer de una ruta alterna, la cual se indicará mediante una señal informativa anticipada.

PROHIBIDO EL USO DE SEÑALES ACÚSTICAS.

Se utilizará para indicar a los usuarios la prohibición de sonar la bocina, excepto para prevenir un accidente.



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